BLOG: Garantías para la subasta de renovables, aspectos a considerar

Autor: Juan Manuel Horcajadas, Técnico especialista en Avales para Promociones Fotovoltaicas de Ores & Bryan

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) aprobó la primera resolución de convocatoria de subastas de energía renovables con el nuevo marco retributivo.

Este proceso se inició el martes 15 de diciembre y se cerrará el próximo 26 de enero a las 11 de la mañana. Una vez finalice esta primera subasta, se podrán analizar todos los aspectos positivos, así como las oportunidades de mejora en la planificación y desarrollo de las sucesivas subastas. Es pronto, aunque ya es posible poner sobre la mesa algunas dificultades que ha supuesto la constitución de las garantías necesaria para participar en la subasta.

El artículo 25 de Real Decreto 960/2020 establece la obligatoriedad de presentar garantías para la inscripción en el Registro electrónico del régimen económico de energías renovables en estado de preasignación. Posteriormente, en la Orden TED/1161/2020, se detallan otros aspectos de esas garantías, como la cuantía de 60 euros/kW para la potencia instalada que se solicita inscribir.

En el año 2017, la gran mayoría de las aseguradoras interesadas en participar en la subasta, pudieron hacerlo acreditando los requisitos exigidos a tal fin. Sin embargo, apenas una frase del punto 4.3 de la Resolución de 10 de diciembre de 2020, ha ocasionado que un gran número de ellas no hayan conseguido acreditación para poder constituir seguros de caución para los promotores de energías renovables.

En esta ocasión, el texto legal especifica que la entidad aseguradora debe ser residente en España o sucursal en España de entidad no residente, “siempre que pertenezca a la UE durante todo el periodo de vigencia de la garantía”

El hecho de que numerosas aseguradoras tengan sucursales en España, pero de una entidad no residente y fuera de la UE, ha minimizado considerablemente las opciones de participación de estos promotores.

Cuando los promotores y las aseguradoras ven limitadas sus opciones de participación, el sector de las renovables en general se ve perjudicado.

Ahora serán los expertos jurídicos los que tendrán tiempo de analizar lo ocurrido y tratar de buscar soluciones de cara a las próximas subastas. No cabe duda de lo positivo de este nuevo impulso normativo que se ha venido llevando a cabo en el sector de energías renovables, y sería bueno maximizar, de forma segura, las oportunidades de los promotores a la hora de constituir estas garantías obligatorias.

En Ores y Bryan llevamos 30 años asesorando a nuestros clientes en seguros técnicos, y nuestro departamento de energías renovables está especializado en los seguros de caución específicos para este sector.

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